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2.24.2009

Justicia para nuestros artesanos

Nuestros artesanos son los conservadores de nuestra cultura. Yo no sabía que a los artesanos les cobraban por exhibir sus artesanías o venderlas.

Medida: P C0438
Radicada: 1/7/2009
Título: Para añadir un nuevo Artículo 5A a la Ley Núm. 166 de 11 de agosto de 1995, según enmendada, mejor conocida como la “Ley del Programa de Desarrollo Artesanal” para establecer que no se cobrará a ningún artesano arancel alguno para poder exhibir o vender sus artesanías cuando son invitados a participar en la celebración de exhibiciones, exposiciones, ferias artesanales o festivales en el caso de que reciba fondos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico la persona natural o jurídica auspiciante; para disponer un tope máximo que no debe sobrepasar ninguna persona natural o jurídica que no reciba fondos estatales y decida realizar o fomentar la celebración de exhibiciones, exposiciones, ferias artesanales o festivales; establecer la obligación de las agencias encargadas del cumplimiento de esta Ley para fiscalizar su cumplimiento y establecer penalidades.

Autor(es): Méndez Silva, Lydia R./

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