Páginas

2.27.2009

¿Porqué a los del CRIM SI y a los maestros NO?

Los maestros de Puerto Rico llevamos años pidiendo el retiro temprano. No voy a enumerar las razones por las cuales lo solicitamos porque haría la entrada demasiado larga. Esto es injusto y discriminatorio. Yo he ido a las oficinas del CRIM y nunca he visto a uno de los empleados trabajando de verdad. Siempre los ve en una silla sentado y cuando pregunta algo te refieren y te refieren. ¿De verdad trabajar sentado ocho horas es TAN difícil como para que les otorguen un retiro temprano? ¿Que amistades tendrá esta legisladora en el CRIM como para querer hacer esta legislación? Vuelvo y repito esto es discriminatorio, ¿porqué a los del CRIM SI y a los maestros NO?

Medida: P C0390
Radicada: 1/2/2009
Título: Para autorizar el retiro por años de servicio de los empleados públicos del “Centro de Recaudación de Ingresos Municipales” CRIM creado mediante la Ley Núm. 80 de 30 de Agosto 30 de 1991, segúin enmendada y establecer el "Programa de Retiro Temprano para los empleados del CRIM", permitiendo que estos puedan acogerse a una jubilación; temprana a partir de veinticinco (25) años de años de servicio y cincuenta (50) años edad, disponer el beneficio de pensión, los requisitos de edad y años de servicio necesarios para determinar el por ciento de retiro temprano y fijar el monto de retribución promedio a utilizarse en el cómputo de la pensión; ordenar a al Sistema de retiro de los Empleados del estado libre asociado de Puerto Rico su implementación y reglamentación; establecer su vigencia; y para otros fines.

Autor(es): Ramos Rivera, Lourdes/

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comenta con libertad y recuerda que yo no tengo la razón y estoy dispuesto a aprender si me corrigen. Por favor no insulten.