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2.23.2009

Quítenle el velo a los funcionarios públicos

Mucho empleado público se escuda tras el hecho de que nuestro sistema actual los protege de demandas en casos de negligencia. Si el empleado público falla paga el Estado o sea usted y yo con nuestro impuestos. Es hora de poner a estos sinvergüenzas a pagar por lo que hacen en especial a los supervisores abusadores.

Medida: P C0544
Radicada: 1/12/2009
Título: Para enmendar los artículos 265 y 266 de la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a fin de disponer que incurrirá en el delito de omisión y negligencia en el cumplimiento del deber todo funcionario o empleado público que a sabiendas omita o que obstinadamente descuide cumplir con los deberes impuestos por la ley o reglamento o descuide cumplir con las obligaciones de su cargo o empleo, independientemente de si tal omisión o descuido ocasione pérdida de fondos públicos o daño a la propiedad pública o no; y para aumentar las penas.

Autor(es): Torres Calderón, Héctor A./ Vega Pagán, María/

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