Nos referimos a la Carta Circular #19-2014-2015 de la Política Pública Sobre La Equidad De Género Y Su Integración Al Currículo Del DEPR Como Instrumento Para Promover La Dignidad Del Ser Humano Y La Igualdad De Todos Y Todas Ante La Ley. Le hacemos un llamado al señor Secretario a que se eduque más profundamente sobre las implicaciones de lo que acaba de firmar.
En primer lugar, hace referencias en su primera página a la Declaración Universal De Derechos Humanos (1948). Dicha declaración no contiene ni estipula “género” en ninguna parte. Dicha declaración solo hace referencia a la humanidad.
En segundo lugar, esta Circular #19, abre un abanico de posibilidades de aplicar el término “género” a la educación sexual desde la primera infancia. Lo cual es contradictorio, porque en los “media tours” de las semanas pasadas el Secretario reiteraba que “género” no tenía que ver con “sexualidad.”
¿Cómo se abre la circular a esa posibilidad? Véase la nota al calce número uno de la página uno de la Circular #19, destaca al Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo -2013 [http://www.cepal.org/…/50708/2013-595-Consenso_Montevideo_P…].
Ese documento es una creatura de unos cuantos países de Latinoamérica y el Caribe que se reunieron a “discutir” por no decir “deconstruir” sobre la base de “servicios de salud sexual y reproductiva” e “Igualdad de Género” con un organismo como el UNFPA que llega hasta a endosar la práctica del aborto en menores de edad. Dicho documento de Montevideo 2013, en sus páginas 10 y 11 sobre los Derechos, Necesidades, Responsabilidades y Demandas de Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes, dice lo siguiente:
• “Reconociendo a niños, niñas, adolescentes y jóvenes como sujetos de derechos y actores del desarrollo.” [Art. B, página 10, Preámbulo]
• “Asegurar la efectiva implementación de programas de educación integral para la sexualidad, reconociendo la afectividad, desde la primera infancia, respetando la autonomía progresiva del niño y de la niña y las decisiones informadas de adolescentes y jóvenes sobre su sexualidad, con enfoque participativo, intercultural, de género y de derechos humanos.” {Art.B, página 11, punto 11].
Ante tal caso, Guatemala, hizo pública su reserva al Consenso de Montevideo [anexo 2, p.63] estipulando lo siguiente:
• “Que Guatemala presenta sus reservas referentes al irrestricto respeto al derecho a la vida desde el momento de su concepción así como el irrestricto respeto y derecho que tienen los padres a escoger la educación que ha de impartirse a sus hijos e hijas menores de edad. También deja claro que Guatemala “interpreta el concepto género únicamente como género femenino y género masculino para referirse a mujeres y hombres, se reserva la interpretación de la expresión ‘grupos de la diversidad sexual’, ‘orientación sexual; y ‘diversidad sexual y la identidad de género.’ [http://www.cepal.org/…/InformeConferenciaRegPoblacionyDes.p…]
Como puede apreciar, la referencia del Consenso Montevideo es uno carente de toda aplicación legal en Puerto Rico, porque nuestro país aunque participe coloquialmente, no es firmante en organismos internacionales y el DEPR está en récord de clara deshonestidad intelectual. Si la Circular 19-2014-2015 parte de un marco conceptual con un documento base que mezcla el tema de la “sexualidad” desde la “perspectiva de los derechos” y el “género” sin ni tan siquiera mencionar a los padres… ¿Qué podríamos esperar? ¿Que fomenten en los niños un ánimo de confrontación con los padres en claro menosprecio a la autoridad parental y la protección a la que los padres están obligados a darle a no ser adoctrinados en bases totalmente ideológicas?
Señor Secretario: Téngalo claro, como se dijo en los discursos de la Marcha de la Indignación: “Los hijos no son del estado.” Edúquese.
Señor Secretario: El concepto de los niños como “sujetos de derecho” tiende a minimizar el concepto de los niños como “sujetos de protección” por sus padres. Porque ese concepto o “enfoque” es también un concepto tan “elástico” en términos sociales como lo es el “género” y hay quien lo estira para garantizarle al niño derechos propios que pueden ejercer incluso en contra de sus padres. Tal es el caso de Colombia, donde también el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) el mismo que convocó el Consenso Montevideo que cita la circular; Financió política pública transversal de género, diversidad y tolerancia con el Programa Nacional De Educación Para La Sexualidad y Construcción de Ciudadanía. Dato que se le presentó personalmente a usted, por parte de Mujeres por Puerto Rico en mayo de 2014.
El marco conceptual que hace referencia a que los niños “son sujetos de derecho” no es ni tan siquiera consistente con la Declaración de Los Derechos Del Niño, que en su Artículo 29, dispone que la educación a ser recibida por el niño debe inculcarle el respeto a los padres. También respeta los derechos y deberes de los padres de guiar al niño en el ejercicio de este derecho.
En tercer lugar, La Circular #19, vuelve a mezclar la “gimnasia” con la “magnesia” porque incluye en su base legal, la ley 22 del 2013 de no discriminación por orientación sexual e identidad de género del ámbito laboral, en claro choque con el artículo 6.03 de la Ley Orgánica del DEPR, que solo trata de equidad de género (hombre y mujer) y prevención de violencia doméstica según el espíritu de la Ley 108. La ley 22 es la que dice que la orientación sexual y la identidad de género serán interpretadas tan ampliamente como sea necesario.
Señor Secretario: ¿Qué pretende una ley donde se toca el tema de la sexualidad humana con un enfoque TAN AMPLIO (de adultos) en un currículo para menores de edad?
En cuarto lugar, esta circular es muy MEDIOCRE. Aún cuando la Circular #19 hace referencia a que “la Equidad de Género significa una distribución justa de los beneficios, el poder, los recursos y las responsabilidades entre las mujeres y los hombres.” ¿Por qué se usa un solo enfoque? ¿Por qué solo usan la Perspectiva de Género (PdG)? ¿Por qué no usa el modelo de corresponsabilidad de los sexos? ¿Por qué no usa la diferenciación sexual psiconeurológica y su efecto en la conducta de la ciencia del siglo XXI? ¿Por qué le da más importancia a elementos relativos y subjetivos de las construcciones sociales? ¿Por qué la insistencia del “género” sobre el sexo? Al parecer, esto es así porque desde dicho “enfoque teórico” (punto de vista) la ideología y el sistema de creencias de la PdG sí se asume como un valor absoluto que la diferencia sexual es una desigualdad inadmisible en sí misma, insistiendo en ello como algo negativo y sugiere “repensar las construcciones sociales” para poder seguir estirando el “género” multiforme y ambiguo.
En quinto lugar, esta circular es SUCEPTIBLE a ser usada como un Ómnibus con pasaporte amplio para que innumerables agentes externos entren en las escuelas a seguir estirando el “género” según cada cual lo enfoque. El punto número 6 de la página 6 expone: “El establecimiento de acuerdos de colaboración con universidades y otros organismos relacionados con la preparación de personal docente y no docente para que se incorpore la equidad y la perspectiva de género en las políticas públicas institucionales.”
Señor Secretario: No somos ingenuos, ni tontos. Sabemos que en las universidades de este país el “género” ha sido sexualizado arbitrariamente. Aún la Comisión de Derechos Civiles avala la cobertura del “género” a la categoría LGBT, y su agencia los avaló validando una conferencia de prensa donde los portavoces son claras figuras públicas de la diversidad sexual puertorriqueña.
Señor Secretario, ante ese escenario, nos podría contestar: ¿Cómo usted va a proteger a los niños y menores de edad en general de una invasión a su desarrollo emocional con un claro choque de valores? Usted bien sabe, que en el 2013 un activista en derechos sexuales irrumpió en varios planteles escolares en clara violación de los derechos parentales y la calidad educativa.
En sexto lugar, ¿Dónde está el currículo? ¿Dónde están los estándares? ¿Dónde están las guías? ¿Dónde están los formularios de consentimiento de los padres? ¿Dónde están las referencias y la divulgación de contenidos?
Señor Secretario: Usted tenía una oportunidad de oro para hacer un trabajo de excelencia y una obra maestra, que honrara a la mujer puertorriqueña… A TODAS NOSOTRAS. Usted tenía una oportunidad de ser más inclusivo con las mujeres conservadoras y tampoco relegar a los padres y a los profesionales que no le cobramos ni un centavo. Usted ha discriminado con las mujeres que con corazón sincero le llevaron una inquietud seria. Nos hizo creer que seríamos tomadas en cuenta. Tal parece que las feministas de género valen más para usted que las madres, abuelas, tías, profesoras, doctoras, etc. que estamos al otro lado de la cerca. Es lamentable y vergonzoso que usted haya estampado su firma en un adefesio de tan pobre calidad intelectual y educativa que además no honra los valores democráticos que nos han costado sangre, sudor y lágrimas. El poner aquí y allá hombre y mujer con un toque de equidad no fue la suficiente honestidad.
Aun estamos para servirle, POR NUESTROS NIÑOS y el mejor uso de los fondos de los contribuyentes. Pero, ES EVIDENTE QUE HEMOS SIDO DISCRIMINADAS CLARAMENTE EN GRAVE PERJUICIO SOBRE LA NIÑEZ DE ESTE PAÍS.
Muy sinceramente,
Mujeres por Puerto Rico
mppr_educacion@yahoo.com